El Record

DAN POR PERDIDO AL MONÓVAR EL DUELO ANTE BETIS POR INCOMPARECENCIA

MONÓVAR CLUB DEPORTIVO 2018-2019

El Monóvar Club Deportivo no pudo presentarse a su duelo casero de hace un par de semanas en Santa Bárbara frente al Betis Florida. Presentó alegaciones ante Competición que han sido desestimadas por el juez único de la FFCV. Le dan por perdido el encuentro por 0-3 y tendrá que abonar una multa de 45 euros.

MIGUEL SANTIAGO RICO. Competición no consideró debidamente acreditadas las alegaciones formuladas por los servicios jurídicos del Monóvar Club Deportivo. Le han dado por perdido el encuentro ante el Betis Florida por 0-3 ya que debía jugar como local, y según la versión monovera, carecían de futbolistas suficientes como para afrontar el choque en el Santa Bárbara, duelo al que sí acudieron tanto el equipo visitante como el trencilla designado.

RESOLUCIÓN DE COMPETICIÓN: Incomparecencia injustificada (83.2a).

Incidencias: Sancionar al Monovar C.D., con la pérdida del encuentro por 0-3, goles que se anotará el club visitante a su favor, por incomparecencia a la disputa del encuentro de referencia prevista y sancionada en los artículos 83.1 inciso segundo y 83.2a del Código Disciplinario y con una multa accesoria en cuantía de 45,00 €, advirtiendo al mencionado club que, en caso de reincidir en hechos de la misma clase en la presente temporada, serán excluídos de la competición en virtud del artículo 83.3 del Código Disciplinario de la FFCV.Otros acuerdos:Desestimar las alegaciones presentadas en tiempo y forma por el Monovar C.D. por entender que no se ha acreditado de forma coherente, razonable y convincente la razón o motivo de comparecer solo con cinco jugadores, señalando el artículo 83.1 inciso segundo que solo sería posible la comparecencia por causa imprevisible e inevitable, lo que no ocurre en el caso que nos ocupa, pues las razones para no comparecer con más jugadores son totalmente insostenibles, no pudiendo aceptar la avería del vehículo, pues la misma según el parte se produjo en Baza (Granada) 30 minutos antes de la disputa del encuentro, ni los partes de asistencia médica de dos de sus jugadores, pues no son tales partes sino impresos de fisioterapeutas, ni tampoco el escrito de la empresa aportado ya que no queda acreditado la relación laboral de los trabajadores con la misma ni el motivo excepcional para el trabajo, entendiendo este órgano que tal documento no responde a la verdad pues el trabajo imprescindible no puede surgir de súbito.

La sanción no lleva aparejada la deducción de 3 puntos por no observar mala fe, simplemente negligencia.

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